El pasado jueves 29 de septiembre se aprobó en pleno por unanimidad la modificación de la ordenanza fiscal del IBI derogando el artículo 8.5.
La propuesta venía por parte de la Concejal de hacienda como otra de las medidas de impulso al tejido económico del municipio.
Esto supone una bajada del tipo impositivo para los bienes inmuebles de uso industrial, comercial, ocio y hostelería del 0,95 al 0,47 y los bienes inmuebles de uso deportivo y titularidad privada pasando del 0,75 al 0,47.
Así mismo se aprobó la modificación de la documentación para la solicitud de bonificación rogada del 50% del impuesto por la instalación de paneles fotovoltaicos en el año posterior a la presentación.
Los interesados deberán presentar:
- Fotografía de la instalación.
- En el caso de instalaciones en viviendas ya existentes, certificado de puesta en marcha del instalador autorizado de las instalaciones que incorporen los sistemas de aprovechamiento térmico o eléctrico.
- En el caso de obras nuevas, certificado final de obras en el que conste la fecha de finalización de las instalaciones que incorporen los sistemas de aprovechamiento térmico o eléctrico.