Adjuntamos decreto por el que se determinan las medidas específicas en el ámbito del estado de alarma. Dicho decreto entra en vigor a las 00:00 horas del 30 de octubre. Las medidas son:
– Limitación de la libertad de circulación de las personas en horario nocturno desde las 00:00 horas hasta las 06:00 horas.
– Limitación de la entrada y la salida de la Comunidad Autónoma de Castilla la Mancha.
-Limitación de la permanencia de grupos de personas en espacios públicos y privados a un máximo de seis personas salvo que se trate de convivientes y no sean actividades laborales o institucionales ni ninguna otra para las que se establezcan medidas específicas.
-Limitación a la permanencia de personas en lugares de culto en espacios cerrados mediante la fijación del 40% de aforo.
Más info: https://bit.ly/3mAMSzU