Así lo comunicaba el consejero de sanidad tras el consejo extraordinario del gobierno regional que se celebraba esta mañana para flexibilizar las medidas covid implantadas en la región.
De este modo, desde mañana viernes 12 de febrero, los hosteleros podrán reiniciar su actividad, suspendida desde el pasado 18 de enero.
El reinicio de la actividad se verá determinada por el cumplimiento de la normativa establecida:
- El aforo en locales cerrados dedicados a la hostelería y restauración se reducirá a un tercio del máximo que tuvieran establecido previamente.
- Los espacios al aire libre de bares y restaurantes reducirán su aforo al 50% del número máximo de mesas que tuvieran establecido previamente, con distancia de al menos 2 metros entre las sillas de diferentes mesas, manteniendo en todo momento el resto de medidas establecidas en la normativa en cuanto a distancias de seguridad y agrupación (6 personas).
Se entiende por espacio al aire libre todo espacio no cubierto o todo espacio que estando cubierto esté rodeado lateralmente por un máximo de dos paredes, muros o paramentos.
- Queda suspendido el servicio y el uso para el consumo de la barra en todos los bares, restaurantes y resto de establecimientos de hostelería.
- Queda expresamente prohibido añadir elementos móviles o fijos anejos a la barra que puedan ampliar la superficie de esta y permitir su uso como mesa.
- La hora de cierre de los establecimientos será una hora antes del inicio del horario de restricción de movilidad nocturna establecido en ese momento, por lo que en los próximos 10 días la hora de cierre del servicio será a las 21:00h.
- Para garantizar el control de aforo y el mantenimiento de las medidas de seguridad, en establecimientos de hostelería queda prohibido el servicio a las personas usuarias que no se encuentren sentadas en las mesas dispuestas a tal efecto, tanto en espacios al aire libre como cerrados, así como el consumo de comidas y bebidas fuera de estas.
- Las celebraciones posteriores a eventos como bodas, comuniones, bautizos y otros de similares características en locales de hostelería y restauración tendrán limitado su aforo a 30 personas en espacio abierto, siempre adecuándose a las condiciones de porcentaje de aforo máximo permitido. Si estas celebraciones posteriores se llevan a cabo en otro tipo de instalaciones, no se podrá superar el número máximo de 6 personas.
Además, se deberá garantizar el resto de las medidas recogidas en la regulación, siempre garantizando el resto de las medidas recogidas en la regulación en vigor.